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Sobre la ley

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STO. TOMÁS DE AQUINO

 

SOBRE LA LEY

 

SUMMA THEOLOGIAE

PRIMERA PARTE DE LA SEGUNDA PARTE (I-II)

(Trad. Luis Inclán)

CUESTIÓN 90

La esencia de la ley

ARTÍCULO 4

 

La promulgación ¿es esencial a la ley?

 

 

Objeciones por las que parece que la promulgación no es esencial a la ley.

 

1. La ley natural posee en grado máximo el carácter de ley. Pero la ley natural no necesita promulgación. Luego la promulgación no pertenece a la esencia de la ley.

 

2. Es propio de la ley obligar a hacer algo o evitarlo. Pero no sólo están obligados a cumplir la ley aquellos ante quienes se promulga, sino también los demás. Luego la promulgación no es esencial a la ley.

 

3. Además, la obligación de la ley se extiende también al futuro, pues, según el derecho, las leyes imponen su obligatoriedad para los asuntos futuros. Pero la promulgación sólo alcanza a los presentes. Luego la promulgación no pertenece a la esencia de la ley.

 

Contra esto: Está lo que se dice en la dist. 4 del Decreto: Las leyes se instituyen cuando son promulgadas.

 

Solución: Como ya vimos, la ley se impone a los demás a modo de regla y medida. Pero regla y medida se imponen mediante su aplicación a lo que se ha de regular y medir. Luego, para que la ley tenga el poder de obligar, como es propio de la ley, es necesario que se aplique a los hombres que han de ser regulados conforme a ella. Tal aplicación se lleva a cabo al poner la ley en conocimiento de sus destinatarios mediante su promulgación. Luego la promulgación es necesaria para que la ley tenga fuerza de tal.
Y así, de las cuatro conclusiones establecidas se puede deducir la definición de la ley, la cual no es sino una cierta ordenación de la razón al bien común, promulgada por quien tiene el cuidado de la comunidad.

 

Respuesta a las objeciones:

 

1. La promulgación de la ley natural consiste en el hecho mismo de que Dios la implantó en las mentes de los hombres para que la pudieran conocer naturalmente.

 

2. Los que no asisten a la promulgación de una ley están obligados a observarla en cuanto, una vez promulgada, la conocen, o pueden conocerla, por medio de otros.

 

3. La promulgación actual se extiende al futuro gracias a la permanencia de la escritura, que, en cierto modo, la promulga constantemente. Por eso dice San Isidoro en II Etymol. que el nombre de ley procede de leer, porque está puesta por escrito.

 

 
     

SOBRE LA LEY

SOBRE LA LEY EN GENERAL

I-II, q. 90, La esencia de la ley

I-II, q. 91, Las distintas clases de leyes

I-II, q. 92, Los efectos de la ley

SULLE PARTI DELLA LEGGE

Ley eterna

I-II, q. 93, La ley eterna

Ley natural

I-II, q. 94, La ley natural

Ley humana

I-II, q. 95, La ley humana

I-II, q. 96, El poder de la ley humana

I-II, q. 97, Sobre la mutabilidad de las leyes

La antigua ley

I-II, q. 98, La antigua ley

I-II, q. 99, Los preceptos de la ley antigua

I-II, q. 100, Los preceptos morales de la ley antigua

I-II, q. 101, Los preceptos ceremoniales en sí mismos

I-II, q. 102, Razón de los preceptos ceremoniales

I-II, q. 103, Duración de los preceptos ceremoniales

I-II, q. 104, Los preceptos judiciales

I-II, q. 105, Naturaleza de los preceptos judiciales

La nueva ley

I-II, q. 106, Sobre la ley del Evangelio, llamada ley nueva, en sí misma considerada

I-II, q. 107, Comparación entre la ley antigua y la nueva

I-II, q. 108, El contenido de la ley nueva