¿Puede la costumbre alcanzar fuerza de ley?
Objeciones por las que parece que la costumbre no
puede alcanzar fuerza de ley ni llegar a suprimir la ley.
1. La ley humana, según vimos, deriva de la ley
natural y de la divina. Pero las costumbres humanas no
pueden cambiar las leyes natural y divina. Luego tampoco
pueden modificar la ley humana.
2. De muchos males no puede originarse ningún bien.
Mas el primero que empieza a obrar en contra de la ley
hace mal. Luego multiplicando acciones semejantes no se
produce ningún bien. Pero la ley sí es un bien, puesto que
es regla de los actos humanos. Luego la ley no puede ser
suprimida por la costumbre para que ésta adquiera fuerza
de ley.
3. Dictar leyes corresponde a las personas públicas,
encargadas de gobernar la comunidad, y por eso las
personas privadas no pueden instituir leyes. Mas la
costumbre se nutre con actos de personas privadas. Luego
la costumbre no puede alcanzar fuerza de ley para
sustituir una ley anterior.
Contra esto: Está lo que dice San Agustín en la carta
Ad Casulan.: Las costumbres del pueblo de Dios y
las instituciones de los antepasados deben ser tenidas por
leyes; y lo mismo que se reprime a quienes quebrantan las
leyes divinas, debe refrenarse también a quienes
desprecian las costumbres eclesiásticas.
Solución: Toda ley emana de la razón y de la voluntad
del legislador: las leyes divina y natural, de la voluntad
razonable de Dios; la ley humana, de la voluntad del
hombre regulada por la razón. Ahora bien, la voluntad y la
razón del hombre, en el orden operativo, no sólo se
expresan con palabras, sino también con hechos, puesto que
cada uno da a entender que prefiere como bueno lo que
realiza con la acción. Ahora bien, es claro que la ley
puede ser cambiada o explicada mediante la palabra, en
cuanto ésta expresa los movimientos interiores y los
conceptos de la razón humana. Luego también con los actos,
sobre todo los reiterados, que engendran costumbre, se
puede cambiar y explicar la ley, e incluso producir algo
que tenga fuerza de ley. La reiteración, en efecto, de los
actos exteriores expresa de una manera muy eficaz la
inclinación interior de la voluntad y los conceptos de la
razón, pues lo que se repite muchas veces demuestra
proceder de un juicio racional deliberado. Y, según esto,
la costumbre tiene fuerza de ley, deroga la ley y la
interpreta.
Respuesta a las objeciones:
1. Las leyes natural y divina derivan de la
voluntad divina, según queda dicho. Luego no pueden ser
modificadas por la costumbre, que procede de la voluntad
humana; sólo la voluntad divina las podría cambiar. De
aquí que ninguna costumbre puede prevalecer contra la ley
divina o la ley natural, y así lo dice San Isidoro en II
Synonym.: El uso ceda ante la autoridad; la ley y
la razón triunfen sobre las costumbres depravadas.
2. Ya vimos que las leyes humanas resultan
deficientes en algunos casos. Cabe, por lo tanto, en estas
ocasiones de ley deficiente, actuar al margen de la ley
sin que el acto sea malo. Si estos casos se multiplican
debido a los cambios humanos, la costumbre pone entonces
de manifiesto que la ley ya no es útil, lo mismo que lo
manifestaría una ley contraria promulgada verbalmente. Mas
si subsiste el motivo que la hacía útil, es la ley la que
prevalece sobre la costumbre, y no la costumbre sobre la
ley. A no ser que ésta sea considerada inútil por el mero
hecho de que no es posible según las costumbres del país,
que era una de las condiciones de la ley. Pues es difícil
cambiar las costumbres del pueblo.
3. La comunidad en la que surge la costumbre puede
encontrarse en dos condiciones diferentes. Cuando se trata
de una comunidad libre, capaz de darse leyes, el consenso
de todo el pueblo expresado en la costumbre vale más en
orden a establecer una norma que la autoridad del príncipe,
que no puede dictar leyes excepto cuando asume la
representación del pueblo. Por eso, aunque las personas
particulares no pueden crear leyes, sí puede hacerlo todo
el pueblo. Si, en cambio, el pueblo no tiene la libre
facultad de darse leyes ni de anular las impuestas por una
autoridad superior, aun entonces la costumbre que llega a
prevalecer adquiere fuerza de ley en tal comunidad, al ser
tolerada por quienes tienen el poder de legislar, pues con
esto se entiende que aprueban lo que la costumbre
introdujo. |