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STO. TOMÁS DE AQUINO

 

SOBRE LA LEY

 

SUMMA THEOLOGIAE

PRIMERA PARTE DE LA SEGUNDA PARTE (I-II)

(Trad. Luis Inclán)

CUESTIÓN 100

Los preceptos morales de la ley antigua

ARTÍCULO 4

 

¿Se distinguen bien los preceptos del decálogo?

 

 

Objeciones por las que parece que los preceptos del decálogo no están bien distinguidos.

 

1. La virtud de latría es distinta de la virtud de la fe. Ahora bien, los preceptos se dan sobre los actos de las virtudes y, según lo que se dice al principio del decálogo, no tendrás otros dioses delante de mí, pertenece a la fe; y lo que luego añade: No harás imágenes talladas, pertenece a la latría. Luego son dos los preceptos, y no uno, como dice también San Agustín.

 

2. En la ley se distinguen los preceptos afirmativos de los negativos, como Honra a tu padre y a tu madre y No matarás. Pero la sentencia Yo soy el Señor tu Dios es afirmativa, y la que sigue: No tendrás dioses extraños delante de mí, es negativa; luego éstos son dos preceptos, y no uno solo, como dice San Agustín.

 

3. Dice el Apóstol en Rom 7: Yo ignoraba la codicia a no ser que la ley me dijera: No codiciarás. Luego parece que este precepto: No codiciarás, sea un solo precepto y que no debió dividirse en dos.

 

Contra esto: Está la autoridad de San Agustín, en la Glosa sobre el Éxodo, cuando señala tres preceptos sobre Dios y siete sobre el prójimo.

 

Solución: Los preceptos del decálogo se distinguen de diversa manera según los intérpretes. Hesiquio sobre aquello de Lev 26: Diez mujeres cuecen el pan en un solo horno, dice que el precepto de la observancia del sábado no es uno de los diez preceptos, porque no se ha de observar a la letra perpetuamente. Sin embargo, distingue cuatro preceptos sobre Dios, siendo el primero: Yo soy el Señor, tu Dios; el segundo: No tendrás otros dioses ante mí (y así también San Jerónimo distingue dos preceptos sobre aquellas palabras de Oseas 10: A causa de tus dos iniquidades). El tercer precepto dice que es: No te harás imágenes talladas; y el cuarto: No tomarás en vano el nombre de tu Dios. Los preceptos que se refieren al prójimo dice que son seis. El primero Honra a tu padre y a tu madre; el segundo: No matarás; el tercero: No adulterarás; el cuarto: No hurtarás; el quinto: No levantarás falso testimonio; el sexto: No codiciarás.

Pero en esta distinción parece inconveniente que el precepto de la observancia del sábado se incluye entre los del decálogo, si es verdad que no pertenece al mismo. Segundo, que estando escrito en Mt 6: Nadie puede servir a dos señores, parece ser lo mismo y corresponder al mismo precepto: Yo soy el Señor, tu Dios y No tendrás otros dioses. Por eso Orígenes, distinguiendo también cuatro preceptos referentes a Dios, reduce estos dos a uno solo, y pone como segundo: No te harás imágenes talladas; el tercero: No tomarás en vano el nombre de tu Dios, y el cuarto: Acuérdate de santificar el día del sábado. Los otros seis los distingue igual que Hesiquio.

Pero como hacer imágenes talladas o figuras no se prohíbe sino porque no sean adoradas como dioses (pues en el tabernáculo mandó Dios hacer las imágenes de los serafines, según se dice en Ex 25), más razonablemente San Agustín incluye en un solo precepto: No tendrás dioses extraños y No te harás imágenes talladas. Igualmente, desear a la mujer ajena para juntarse con ella pertenece a la concupiscencia de la carne. La codicia de las otras cosas cuya posesión se desea, corresponde a la codicia de los ojos. Por esto San Agustín distingue dos preceptos: no codiciar los bienes de los demás, y no desear la mujer ajena; y así pone tres preceptos que miran a Dios y siete que se refieren al prójimo. Esto es mejor.

 

Respuesta a las objeciones:

 

1. La virtud de latría no es sino un cierto testimonio de la fe; por lo cual no se necesitan más preceptos, unos de la virtud de latría y otros de la fe. En cambio se deben dar algunos preceptos sobre latría más bien que sobre la fe, pues el precepto sobre la fe se presupone a los preceptos del decálogo, igual que el precepto del amor. Como los primeros preceptos universales de la ley natural son de suyo evidentes para el que tiene uso de razón y no necesitan de promulgación, así, el creer en Dios es el primer precepto, de suyo evidente para quien tiene fe. El que se acerca a Dios debe creer que existe, según se dice en Heb 11. Por eso no hace falta más promulgación que la infusión de la fe.

 

2. Los preceptos afirmativos se distinguen de los negativos cuando uno no está comprendido en el otro, como en el honor de los padres no se incluye el de no matar a ningún hombre, o viceversa. Pero, cuando el afirmativo está comprendido en el negativo, o viceversa, no hay por qué dar diversos preceptos, como no se da un precepto que dice: No hurtarás, y otro de no conservar las cosas ajenas o de restituirlas. Por la misma razón no se dan diversos preceptos sobre creer en Dios y sobre no creer en dioses extraños.

 

3. Toda codicia conviene en una razón común, y por eso el Apóstol habla principalmente del precepto de no codiciar. Sin embargo, porque se dan diversos motivos de codiciar, por esto San Agustín distingue diversos preceptos sobre no codiciar, pues las codicias se diferencian en especie, según la diversidad de las acciones o de las cosas codiciables, conforme dice el Filósofo en X Ethic.

 

 
     

SOBRE LA LEY

SOBRE LA LEY EN GENERAL

I-II, q. 90, La esencia de la ley

I-II, q. 91, Las distintas clases de leyes

I-II, q. 92, Los efectos de la ley

SULLE PARTI DELLA LEGGE

Ley eterna

I-II, q. 93, La ley eterna

Ley natural

I-II, q. 94, La ley natural

Ley humana

I-II, q. 95, La ley humana

I-II, q. 96, El poder de la ley humana

I-II, q. 97, Sobre la mutabilidad de las leyes

La antigua ley

I-II, q. 98, La antigua ley

I-II, q. 99, Los preceptos de la ley antigua

I-II, q. 100, Los preceptos morales de la ley antigua

I-II, q. 101, Los preceptos ceremoniales en sí mismos

I-II, q. 102, Razón de los preceptos ceremoniales

I-II, q. 103, Duración de los preceptos ceremoniales

I-II, q. 104, Los preceptos judiciales

I-II, q. 105, Naturaleza de los preceptos judiciales

La nueva ley

I-II, q. 106, Sobre la ley del Evangelio, llamada ley nueva, en sí misma considerada

I-II, q. 107, Comparación entre la ley antigua y la nueva

I-II, q. 108, El contenido de la ley nueva