¿Es el culto de Dios la razón de los preceptos
ceremoniales?
Objeciones por las que no parece que la razón de los
preceptos ceremoniales sea el culto a Dios.
1. En la antigua ley se dan a los judíos ciertos
preceptos sobre la abstinencia de algunos alimentos, como
en Lev 11; sobre la prohibición de ciertos vestidos, como
aquello del Lev 19: No llevarás vestido de dos especies
de hilo; y en Núm 15: Que se pongan flecos en los
bordes de sus mantos. Pero estos preceptos no son
morales, pues no se conservan en la ley nueva. Ni tampoco
judiciales, pues no miran a establecer la justicia entre
los hombres; por consiguiente, son ceremoniales. Sin
embargo, no parece que se refieran al culto de Dios; luego
no es propio de los preceptos ceremoniales el tener por
objeto el culto divino.
2. Algunos afirman que se llaman preceptos
ceremoniales los que tratan de las solemnidades, como
refiriéndose a los «cirios», que se encendían en los días
solemnes. Pero hay muchos preceptos que miran al culto
divino, fuera de los que tratan de las solemnidades; luego
no parece que los preceptos ceremoniales se digan así por
pertenecer al culto divino.
3. Según algunos se llaman preceptos ceremoniales
porque son como normas o reglas de salud, pues en griego
caire (jaire) equivale a salve. Pero
todos los preceptos de la ley son reglas de salud y no
sólo los que tocan al culto divino. Luego no sólo se
llaman preceptos ceremoniales los que miran al culto de
Dios.
4. Dice rabí Moisés que los preceptos ceremoniales son
aquellos cuya razón no es manifiesta. Pero muchos que
miran al culto divino tienen su razón bien manifiesta,
como la observancia del sábado y la celebración de la
Pascua, de los Tabernáculos y otros muchos, cuya razón
está declarada en la ley. Luego los preceptos ceremoniales
no son los que tienen por objeto el culto de Dios.
Contra esto: Está lo que se dice en el Éxodo 18: Tú
servirás al pueblo en las cosas que tocan a Dios y le
enseñarás las ceremonias y los ritos del culto.
Solución: Como dijimos antes, los preceptos
ceremoniales determinan el sentido de los morales en lo
que dice relación con Dios, como los judiciales determinan
el de los preceptos morales en lo que mira a las
relaciones con el prójimo. Pero el hombre se ordena a Dios
mediante el culto debido, y así los preceptos ceremoniales,
propiamente hablando, son los que pertenecen al culto de
Dios. La razón de este nombre ya ha sido indicada al
distinguir los preceptos ceremoniales de los otros.
Respuesta a las objeciones:
1. Al culto divino no sólo pertenecen los
sacrificios y otras cosas tales que inmediatamente parecen
ordenarse a Dios, sino también la debida preparación para
el mismo culto de los que lo ejercen, como, en otras cosas,
cuanto dispone para el fin cae bajo la ciencia que trata
del fin. Y estos preceptos que se dan en la ley sobre los
vestidos, alimentos de los que adoran a Dios y otras cosas
semejantes, se refieren a una cierta preparación de los
mismos ministros, de manera que sean idóneos para el culto
de Dios, como los ministros regios observan reglas
especiales. Así que también estas cosas quedan incluidas
en los preceptos ceremoniales.
2. Tal explicación del nombre no parece demasiado
conveniente, y más no hallando en la ley que se
encendiesen cirios en las solemnidades. Las luces mismas
del candelero se alimentaban con aceite de oliva, como se
ve por Lev 24. No obstante, se puede decir que en las
solemnidades se guardaba con más diligencia cuanto tocaba
al culto, y, según esto, en la observancia de las
solemnidades se incluyen todos los preceptos ceremoniales.
3. Tampoco aquella explicación del nombre parece muy
conveniente; pues el nombre «ceremonia» no es griego, sino
latino. Sin embargo puede decirse que, viniendo de Dios la
salvación del hombre, aquellos preceptos son
principalmente reglas de salvación que ordenan al hombre a
Dios, y se llaman ceremoniales los preceptos que tocan al
culto de Dios.
4. Aquella
explicación de las ceremonias es un tanto probable, pero
no es que los preceptos se llamen ceremoniales porque su
razón no es clara, pues esto es una consecuencia. Sino
porque los preceptos que miran al culto divino conviene
que sean figurativos, como se dirá después, y por eso su
razón no es tan clara. |