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Sobre la ley

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STO. TOMÁS DE AQUINO

 

SOBRE LA LEY

 

SUMMA THEOLOGIAE

PRIMERA PARTE DE LA SEGUNDA PARTE (I-II)

(Trad. Luis Inclán)

CUESTIÓN 103

Duración de los preceptos ceremoniales

ARTÍCULO 4

 

Después de la pasión de Cristo, ¿se pueden observar los ritos legales sin pecado mortal?

 

 

Objeciones por las que parece que después de la pasión de Cristo se pueden observar los ritos legales sin pecado mortal.

 

1. No es de creer que los apóstoles, después de recibir el Espíritu Santo, hayan pecado mortalmente; pues, según dice San Lucas (24) habían sido llenos de su plenitud. Pero los apóstoles, después de la venida del Espíritu Santo, observaron los ritos legales, pues se dice en Act 16 que San Pablo circuncidó a Timoteo, y en Act 21 se dice que San Pablo, siguiendo el consejo de Santiago, tomando consigo a los varones y purificado con ellos, entró en el templo al día siguiente, anunciando el cumplimiento de los días de la purificación, hasta que pudiera presentar la ofrenda por cada uno de ellos. Luego se podía después de la pasión de Cristo observar los ritos legales sin cometer pecado mortal.

 

2. Se ordenaban las ceremonias legales a evitar el trato con los gentiles. Pero esto lo practicó el primer pastor de la Iglesia, según se dice en Gál 2, que cuando llegaron algunos a Antioquía, Pedro se retraía y apartaba de los gentiles. Luego sin pecado mortal se pueden observar los ritos legales tras la pasión de Cristo.

 

3. Los preceptos de los apóstoles no podían inducir a los hombres a pecado; pero por el decreto de los apóstoles se estableció que los gentiles guardasen ciertas observancias legales, pues se dice en Act 15: Ha parecido al Espíritu Santo y a nosotros no imponeros ninguna otra carga que estas necesarias, que os abstengáis de las carnes inmoladas a los ídolos, de sangre y de lo ahogado y de la fornicación. Luego sin incurrir en pecado se pueden observar, después de la pasión de Cristo, los ritos legales.

 

Contra esto: Está la sentencia del Apóstol, que dice en Gálatas 5: Si os circuncidáis, Cristo no os aprovechará de nada. Pero nada excluye el fruto de Cristo, fuera del pecado mortal; luego el circuncidarse y observar las otras ceremonias después de la pasión de Cristo es pecado mortal.

 

Solución: Todas las ceremonias son ciertas profesiones de la fe, en que consiste el culto interior a Dios; y tal es la profesión que el hombre hace con las obras cual es la que hace con las palabras. Y, si profesa el hombre alguna falsedad, peca mortalmente. Y, aunque sea una misma la fe que los antiguos patriarcas tenían de Cristo y la que nosotros tenemos, como ellos precedieron a Cristo y nosotros le seguimos, la misma fe debe declararse con diferentes palabras por ellos y por nosotros, pues ellos decían: He aquí que la virgen concebirá y parirá un hijo, que es expresión de tiempo futuro; mientras que nosotros expresamos la misma fe por palabras de tiempo pasado, diciendo que concibió y parió. De igual modo las ceremonias de la antigua ley significaban a Cristo, que nacería y padecería; pero nuestros sacramentos lo significan como nacido y muerto. Y como pecaría mortalmente quien ahora hiciera profesión de su fe diciendo que Cristo había de nacer, lo que los antiguos con piedad y verdad decían, así pecaría mortalmente el que ahora observase los ritos que los antiguos patriarcas observaban piadosa y fielmente. Esto es lo que dice San Agustín en Contra Faustum: Ya no se promete que nacerá, que padecerá, que resucitará, como los antiguos ritos pregonaban; ahora se anuncia que nació, que padeció, que resucitó, y esto es lo que pregonan los sacramentos que practican los cristianos.

 

Respuesta a las objeciones:

 

1. Sobre este punto son diferentes las sentencias de San Jerónimo y la de San Agustín. Distingue San Jerónimo dos tiempos: uno, antes de la pasión de Cristo, en que los ritos de la ley no eran muertos, como si no obligasen o no tuviesen, a su modo, la virtud expiatoria; ni eran mortíferos, pues no pecaban los que los practicaban. Pero luego de la pasión de Cristo empezaron a ser no sólo muertos, esto es, sin virtud y sin obligación; sino también mortíferos, pues pecaban mortalmente quienes los observaban. De aquí venía a decir que nunca después de la pasión habían los apóstoles observado de verdad los ritos legales, sino con cierta piadosa simulación, para no escandalizar a los judíos e impedir su conversión. Esta simulación se ha de entender, no en el sentido que ellos no ejerciesen de verdad aquellos actos, sino que no los hacían como impuestos por la ley, como si alguno se quitase la película del miembro viril por motivo de salud y no por observar la circuncisión legal.

Mas, porque no parece decoroso que los apóstoles, por evitar el escándalo, ocultasen las cosas tocantes a la verdad y a la doctrina, y que en cosas tocantes a la salvación de los fíeles usasen de simulación, por eso San Agustín, con más razón, distinguió tres tiempos: uno, antes de la pasión de Cristo, en que los ritos legales ni eran mortíferos ni muertos; otro, después de la divulgación del Evangelio, en que esos ritos son muertos y mortíferos; y un tercero, en medio de los dos, desde la pasión de Cristo hasta la divulgación del Evangelio, en que los ritos legales estaban muertos porque carecían de toda virtud y nadie estaba obligado a observarlos; pero no eran mortíferos, y los convertidos a Cristo de entre los judíos los podían lícitamente observar, con tal que no pusieran en ellos la esperanza ni los considerasen necesarios para la salvación, como si la fe de Cristo no pudisese justificar sin los ritos legales. Pero los gentiles que se convertían a Cristo no tenían motivo para observarlos. Por esto San Pablo circuncidó a Timoteo, nacido de madre judía, pero no quiso circuncidar a Tito, que era nacido de padres gentiles.

Y no quiso el Espíritu Santo que desde luego se prohibiera a los judíos convertidos la observancia de los ritos legales, como se prohibía a los convertidos gentiles los ritos de la gentilidad, para mostrar la diferencia entre unos y otros. Pues los ritos gentiles eran repudiados como totalmente ilícitos y prohibidos siempre por Dios, mientras que los ritos de la ley cesaban, por cuanto la razón por la que habían sido instituidos quedaba cumplida con la pasión de Cristo.

 

2. Según San Jerónimo, San Pedro simulaba apartarse de los gentiles para evitar el escándalo de los judíos, cuyo apóstol era, y así no había en esto ningún pecado, y de manera también simulada le reprendió San Pablo para evitar el escándalo de los gentiles, de quienes era apóstol. Pero San Agustín reprueba esta interpretación, porque San Pablo, en una escritura canónica (Gál 2), en la que no está permitido creer que haya nada falso, dice que Pedro era reprensible. Así que San Pedro pecó verdaderamente y San Pablo le reprendió de verdad, no simuladamente. Ahora bien, no estuvo el pecado de Pedro en haber observado algún tiempo los ritos legales, porque, como a judío converso, le estaba permitido, sino por haber puesto extremada diligencia en esta observancia para no escandalizar a los judíos, cuando se seguía de esto el escándalo de los gentiles.

 

3. Dijeron algunos que tal prohibición de los apóstoles no se ha de entender a la letra, sino en sentido espiritual, a saber, en la prohibición de la sangre, el homicidio; en la prohibición de lo ahogado, la violencia y la rapiña; en la de las carnes inmoladas, la idolatría; y la fornicación se prohíbe como cosa de suyo mala. Tienen esta opinión de ciertas glosas que exponen místicamente estos preceptos. Pero como el homicidio y la rapiña eran también tenidos como ilícitos por los gentiles, no había por qué darles semejantes preceptos a los que de la gentilidad se convertían a Cristo.

Por esto dicen otros que la prohibición de esos comestibles se ha de entender a la letra, no como observancias legales, sino como medios de reprimir la gula. Y San Jerónimo dice sobre Ezequiel 44: Condena a los sacerdotes que en sus comidas y otras cosas tales no guardan, por amor de la gula, estos preceptos. Mas, como hay otros manjares más delicados y que provocan más a la gula, no parece que hubiera razón para que éstos, más que aquéllos, fueran prohibidos.

Por esto dice una tercera sentencia que esas prohibiciones se han de entender a la letra, no como observación de las ceremonias legales, sino como preceptos destinados a fomentar la unión de los gentiles y judíos que habitaban juntos. A causa de la antigua costumbre, a los judíos les eran cosas abominables la sangre y la carne ahogada, y el comer de las carnes inmoladas a los ídolos podía engendrar en los judíos sospechas de vuelta a la idolatría de parte de los gentiles. Por esto se prohibieron estas cosas en aquel tiempo, en que convenía reunir a judíos y gentiles. Andando el tiempo y cesando la causa, cesó también el efecto, una vez divulgada la verdad de la doctrina evangélica, en la que el Señor enseña que nada de lo que entra por la boca mancha al hombre, como se lee en Mt 15, y que no se ha de rechazar nada de lo que se toma en acción de gracias, como se dice en 1 Tim 4. La fornicación se prohíbe de modo especial porque los gentiles no la consideraban pecado.

 

 
     

SOBRE LA LEY

SOBRE LA LEY EN GENERAL

I-II, q. 90, La esencia de la ley

I-II, q. 91, Las distintas clases de leyes

I-II, q. 92, Los efectos de la ley

SULLE PARTI DELLA LEGGE

Ley eterna

I-II, q. 93, La ley eterna

Ley natural

I-II, q. 94, La ley natural

Ley humana

I-II, q. 95, La ley humana

I-II, q. 96, El poder de la ley humana

I-II, q. 97, Sobre la mutabilidad de las leyes

La antigua ley

I-II, q. 98, La antigua ley

I-II, q. 99, Los preceptos de la ley antigua

I-II, q. 100, Los preceptos morales de la ley antigua

I-II, q. 101, Los preceptos ceremoniales en sí mismos

I-II, q. 102, Razón de los preceptos ceremoniales

I-II, q. 103, Duración de los preceptos ceremoniales

I-II, q. 104, Los preceptos judiciales

I-II, q. 105, Naturaleza de los preceptos judiciales

La nueva ley

I-II, q. 106, Sobre la ley del Evangelio, llamada ley nueva, en sí misma considerada

I-II, q. 107, Comparación entre la ley antigua y la nueva

I-II, q. 108, El contenido de la ley nueva