¿Debe la ley nueva mandar o prohibir algunas obras
exteriores?
Objeciones por las que parece que la nueva ley no debe
mandar o prohibir actos exteriores ningunos.
1. La ley nueva es el Evangelio del reino, según
aquello de Mt 24,14: Será predicado este Evangelio del
reino en todo el mundo. Pero el reino de Dios no
consiste en actos exteriores, sino únicamente en los
interiores, según aquello de Lc 17,21: El reino de Dios
está dentro de vosotros; y en Rom 14,17: El reino
de Dios no consiste en comida y bebida, sino en justicia,
paz y gozo en el Espíritu Santo. Luego la nueva ley no
debe mandar o prohibir ningún acto exterior.
2. Por otro lado, la nueva ley es ley del Espíritu,
según se dice en Rom 8,2. Pero donde está el Espíritu
del Señor, allí hay libertad, como se dice 2 Cor 3,17.
Ahora bien, no hay libertad si el hombre está obligado a
hacer u omitir ciertas obras exteriores. Luego la nueva
ley no contiene ningún precepto o prohibición de actos
exteriores.
3. Se entiende que todos los actos exteriores
pertenecen a la mano, como los actos interiores al alma.
La diferencia entre la ley nueva y la antigua consiste en
que la antigua cohibía la mano, mientras que la nueva
cohíbe el ánimo. Luego en la ley nueva no deben
ponerse prohibiciones y preceptos de los actos exteriores,
sino solamente de los interiores.
Contra esto: Está el que mediante la ley nueva son los
hombres hechos hijos de la luz, según se dice en Jn
12,36: Creed en la luz para que seáis hijos de la luz.
Pero es propio de los hijos de la luz hacer obras de luz y
desechar las obras de las tinieblas, según aquello de Ef
5,8: Erais en otro tiempo tinieblas, mas ahora sois luz
en el Señor; caminad como hijos de la luz. Luego la
ley nueva debió prohibir ciertas obras exteriores y mandar
algunas otras.
Solución: Como ya se ha dicho (q.106 a. 1.2), el
aspecto principal de la nueva ley lo constituye la gracia
del Espíritu Santo, que se manifiesta en la fe que obra
por amor. Ahora bien, los hombres consiguen esta gracia
por el Hijo de Dios hecho hombre, cuya humanidad llenó
primero la gracia, y luego se derivó hacia nosotros. Por
eso se dice en Jn 1,14: El Verbo se hizo carne; y
luego añade: Llena de gracia y de verdad; y más
abajo (v.17): De su plenitud recibimos todos nosotros,
y gracia por gracia. Por eso añade que la gracia y
la verdad fueron hechas por Jesucristo. Y así conviene
que la gracia derivada del Verbo encarnado llegue a
nosotros mediante algunos signos sensibles exteriores, y
que de la gracia interior, por la cual la carne se somete
al espíritu, procedan algunas obras sensibles.
Así, pues, las obras exteriores pueden pertenecer a la
gracia de dos modos: uno, como induciendo de alguna manera
a la gracia. Y tales son las obras de los sacramentos que
han sido instituidos en la nueva ley, como el Bautismo, la
Eucaristía y los demás.
Pero hay otras obras exteriores que son producidas por el
instinto de la gracia. También en éstas hay cierta
diferencia. Pues algunas tienen una necesaria conveniencia
o contrariedad respecto a la gracia interior, que consiste
en la fe que actúa mediante la caridad, y tales obras
exteriores son las mandadas o prohibidas en la nueva ley,
como se manda la confesión de la fe y se prohíbe su
negación, pues en Mt 10,32s se dice: Al que me
confesare ante los hombres, yo le reconoceré ante mi
Padre; pero al que me niegue ante los hombres, también yo
le negaré ante mi Padre. Pero hay otras obras que no
tienen esa necesaria contrariedad o conveniencia respecto
a la fe que obra mediante la caridad. Y tales obras no
están mandadas o prohibidas en la nueva ley desde su
primera promulgación, sino que han sido dejadas por el
legislador, que es Cristo, a cada uno en la medida en que
cada cual debe tener cuidado de otro. En este sentido,
cada cual es libre para determinar lo que le conviene
hacer o evitar en tales casos, y lo mismo cualquier
prelado para mandar a sus súbditos en esta materia lo que
han de hacer o evitar. Y por eso también la ley del
Evangelio se llama ley de libertad, pues la ley
antigua determinaba muchas cosas y dejaba pocas a la
libertad de los hombres.
Respuesta a las objeciones:
1. El reino de Dios consiste principalmente en actos
interiores, pero también, como consecuencia, en todo
aquello que toca al reino e Dios y sin lo cual no pueden
existir dichos actos. Por ejemplo, si el reino de Dios es
justicia interior, y paz, y gozo espiritual, es necesario
que todos los actos exteriores que repugnan a la justicia,
a la paz o al gozo espiritual repugnen también el reino de
Dios y, por tanto, hayan de ser prohibidos en el Evangelio
del reino. En cambio, todo cuando es indiferente a lo
dicho (justicia, paz o gozo), por ejemplo, comer estos o
aquellos alimentos, no constituye el reino de Dios. Por lo
cual, San Pablo dice antes: El reino de Dios no
consiste en comida o bebida.
2. Según dice el Filósofo en I Metaphys., se
llama libre el que es causa de sí mismo. Por lo tanto
obrará libremente quien obre por propia iniciativa. Ahora
bien, si el hombre actúa por un hábito conforme a su
naturaleza, obra por sí mismo, pues el hábito inclina de
modo natural. Pero, si el hábito fuese contrario a la
naturaleza, el hombre no obraría según lo que es él mismo,
sino según alguna corrupción que se le hubiera sobrevenido.
Así pues, la gracia del Espíritu Santo es como un hábito
interior infuso que nos inclina a obrar bien, que nos hace
ejecutar libremente lo que conviene a la gracia y evitar
todo lo que a ella es contrario.
Así pues, la nueva ley se llama ley de libertad en un
doble sentido. Primero, porque no nos obliga a hacer o
evitar sino lo que de suyo es necesario o contrario a la
salvación, y que cae bajo el precepto o la prohibición de
la ley. Segundo, porque hace que cumplamos libremente
tales preceptos o prohibiciones, puesto que las cumplimos
por un interior instinto de la gracia. Y por estas dos
razones, la nueva ley se llama ley de perfecta libertad,
según Sant 1,25.
3. Conviene
que la nueva ley, al alejar al alma de los movimientos
desordenados, retraiga también la mano de los actos
desordenados, que son efecto de los movimientos interiores. |