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Sobre la ley

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STO. TOMÁS DE AQUINO

 

SOBRE LA LEY

 

SUMMA THEOLOGIAE

PRIMERA PARTE DE LA SEGUNDA PARTE (I-II)

(Trad. Luis Inclán)

CUESTIÓN 91

Las distintas clases de leyes

ARTÍCULO 2

 

¿Existe en nosotros una ley natural?

 

 

Objeciones por las que parece de no existe en nosotros ninguna ley natural.

 

1. El hombre está suficientemente gobernado por la ley eterna, pues dice San Agustín en I De lib. arb. que la ley eterna es aquella en virtud de la cual todas las cosas se hallan perfectamente ordenadas. Mas la naturaleza no abunda en lo superfluo, como tampoco falta en lo necesario. Luego no hay en el hombre ninguna ley natural.

 

2. Como ya dijimos, la ley ordena los actos del hombre a su fin. Pero esta ordenación de los actos humanos a un fin no brota de la naturaleza, como sucede en las criaturas irracionales, que sólo obran por un fin en virtud de su apetito natural; sino que el hombre actúa por un fin mediante la razón y la voluntad. Luego en el hombre no hay ley natural alguna.

 

3. Además, cuanto más libre es alguien, tanto menos está sujeto a la ley. Pero el hombre es más libre que ningún otro animal, merced al libre albedrío, del que carecen los otros animales. Así pues, al no estar los otros animales sujetos a una ley natural, tampoco lo está el hombre.

 

Contra esto: Está lo que, a propósito de las palabras de Rom. 2 comenta la Glosa: Los gentiles, que no tienen ley, cumplen naturalmente los preceptos de la ley, y aunque no tienen ley escrita, tienen, sin embargo, la ley natural, mediante la cual cada uno entiende y es consciente de lo que es bueno y de lo que es malo.

 

Solución: Siendo la ley regla y medida, puede, como ya se ha dicho, existir de dos maneras: tal como se encuentra en el principio regulador y mensurante, y tal como está en lo regulado y medido, porque el que algo se halle medido y regulado se debe a que participa de la medida y regla. Por tanto, como todas las cosas que se encuentran sometidas a la divina providencia están reguladas y medidas por la ley eterna, según consta por lo ya dicho, es manifiesto que participan en cierto modo de la ley eterna, a saber, en la medida en que, bajo la impronta de esta ley, se ven inclinados a sus actos y fines propios. Por otra parte, la criatura racional se encuentra sometida a la divina providencia de una manera muy superior a las demás, porque ella misma participa de la providencia, y es providente para sí misma y para las demás cosas. Por lo mismo, hay también en ella una participación de la razón eterna en virtud de la cual tiene una natural inclinación a los actos y fines debidos. Y esta participación de la ley eterna en la criatura racional se llama ley natural. De aquí que el Salmista, habiendo dicho: Ofreced un sacrificio de justicia, como si pensara en los que preguntan cuáles son las obras de justicia, añade: Muchos dicen: ¿quién nos mostrará el bien? Y responde: La luz de tu rostro, Señor, ha quedado impresa en nosotros, como diciendo que la luz de la razón natural, por la que discernimos lo que es bueno y lo malo, lo cual atañe a la ley natural, no es otra cosa que la impresión de la luz divina en nosotros. Es, pues, evidente que la ley natural no es otra cosa que la participación de la ley eterna en la criatura racional.

 

Respuesta a las objeciones.

 

1. Ese argumento tendría valor si la ley natural fuera algo diverso de la ley eterna. Pero ya vimos que no es sino una cierta participación de ésta.

 

2. Toda operación de la razón y de la voluntad surge en nosotros a partir de lo que nos es natural, como expusimos arriba, porque todo raciocinio parte de principios naturalmente conocidos, y todo apetito de lo que está orientado a un fin deriva del apetito natural del fin último. Por la misma razón es también indispensable que la primera ordenación de nuestros actos al fin se haga mediante la ley natural.

 

3. También los animales irracionales participan de la razón eterna a su manera, como la criatura racional. Pero como la criatura racional lo hace mediante la inteligencia y la razón, por eso la participación de la ley eterna en la criatura racional se llama con propiedad ley, puesto que la ley es cosa de la razón, como ya vimos. En cambio, la participación que se da en la criatura irracional no es recibida racionalmente y, en consecuencia, no puede llamarse ley sino por asimilación.

 

 
     

SOBRE LA LEY

SOBRE LA LEY EN GENERAL

I-II, q. 90, La esencia de la ley

I-II, q. 91, Las distintas clases de leyes

I-II, q. 92, Los efectos de la ley

SULLE PARTI DELLA LEGGE

Ley eterna

I-II, q. 93, La ley eterna

Ley natural

I-II, q. 94, La ley natural

Ley humana

I-II, q. 95, La ley humana

I-II, q. 96, El poder de la ley humana

I-II, q. 97, Sobre la mutabilidad de las leyes

La antigua ley

I-II, q. 98, La antigua ley

I-II, q. 99, Los preceptos de la ley antigua

I-II, q. 100, Los preceptos morales de la ley antigua

I-II, q. 101, Los preceptos ceremoniales en sí mismos

I-II, q. 102, Razón de los preceptos ceremoniales

I-II, q. 103, Duración de los preceptos ceremoniales

I-II, q. 104, Los preceptos judiciales

I-II, q. 105, Naturaleza de los preceptos judiciales

La nueva ley

I-II, q. 106, Sobre la ley del Evangelio, llamada ley nueva, en sí misma considerada

I-II, q. 107, Comparación entre la ley antigua y la nueva

I-II, q. 108, El contenido de la ley nueva