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Sobre la ley

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STO. TOMÁS DE AQUINO

 

SOBRE LA LEY

 

SUMMA THEOLOGIAE

PRIMERA PARTE DE LA SEGUNDA PARTE (I-II)

(Trad. Luis Inclán)

CUESTIÓN 96

El poder de la ley humana

ARTÍCULO 5

 

¿Están todos sujetos a la ley?

 

 

Objeciones por las que parece que no todos están sujetos a la ley.

 

1. Sólo los destinatarios de la ley están sometidos a ella. Mas, según dice el Apóstol en 1 Tim 1: la ley no ha sido instituida para los justos. Luego los justos no están sujetos a la ley humana.

 

2. El papa Urbano, según consta en los Decreta 19 q.2, afirma que no hay razón para someter a una ley pública a quien se guía por una ley privada. Ahora bien, todas las varones espirituales, como hijos de Dios que son, se rigen por la ley privada del Espíritu Santo, según aquello de Rom 8: Los que se dejan llevar por el Espíritu de Dios, éstos son los hijos de Dios. Luego no todos los hombres están sujetos a la ley humana.

 

3. El Legisperito afirma que el príncipe está eximido de las leyes. Mas el que está eximido de las leyes no está sujeto a ellas. Luego no todos están sujetos a la ley.

 

Contra esto: Está lo que dice el Apóstol en Rom 13: Toda alma debe someterse a la autoridad constituida. Pero no parece que haya sumisión a una autoridad sin sumisión a sus leyes. Luego todos los hombres deben estar sujetos a la ley humana.

 

Solución: Como vimos anteriormente, la ley implica dos cosas en su noción: primera, el ser regla de los actos humanos; y segunda, el tener poder coactivo. Por lo tanto, una persona puede estar sometida a la ley en dos sentidos. Ante todo, como lo regulado a su regla. Y en este sentido, todos los que están sujetos a una autoridad están también sujetos a sus leyes. Mas puede ocurrir de dos maneras que alguien no dependa de una determinada autoridad. En primer lugar, porque está fuera de sus dominios. Así, el que pertenece a una ciudad o reino no está sujeto a la ley del gobernante de cualquier otra ciudad o reino y, por ello, tampoco a su dominio. En segundo lugar, porque se rige por una ley superior. Así, el que está sometido al procónsul debe regirse por sus mandatos, salvo en lo que esté dispensado por el emperador, pues en esto no tiene por qué obedecer a un subalterno, dado que sigue órdenes superiores. Y en este sentido puede ocurrir que alguien, aunque sometido a la ley, no esté obligado a ella en algunas cosas en las que se guía por una ley superior.

Además, uno puede estar sometido a la ley como un forzado a sus cadenas. Y en este sentido no son los hombres justos y virtuosos, sino sólo los malos los que están sujetos a la ley. Porque lo forzoso y violento es contrario a la voluntad; mas la voluntad de los buenos está en armonía con la ley, mientras que la de los malos discrepa de ella. Por tanto, en este sentido, los buenos no están sujetos a la ley, sino sólo los malos.

 

Respuesta a las objeciones:

 

1. Este argumento hace referencia a la sujeción por coacción. Pues en este sentido la ley no ha sido instituida para los justos, ya que son ley para ellos mismos, por cuanto muestran la obra de la ley escrita en sus corazones, según dice el Apóstol en Rom 2. De aquí que sobre ellos la ley no tiene la fuerza coactiva que tiene para los injustos.

 

2. La ley del Espíritu Santo es superior a toda ley puesta por los hombres. Por eso las personas espirituales, al ser conducidos por la ley del Espíritu Santo, no quedan sujeto a la ley que se oponga a la moción del Espíritu Santo. Sin embargo, el Espíritu Santo impulsa precisamente a las personas espirituales a someterse a las leyes humanas, de acuerdo con aquello de 1 Petr 2: Estad sujetos a toda institución humana por amor de Dios.

 

3. Se entiende que el príncipe está eximido de la ley en cuanto al poder coactivo de la misma, pues nadie puede coaccionarse a sí mismo; y la ley no tiene fuerza coactiva más que por la autoridad del príncipe. Se dice, pues, que el príncipe está exento de la ley, porque nadie puede pronunciar contra él un juicio condenatorio en caso de que falte a la ley. Por eso, comentando aquello de Sal 50,6: Contra ti solo pequé, etc., dice la Glosa que no hay nadie que pueda juzgar las acciones del rey. Pero en cuanto al poder directivo de la ley, el príncipe está sometido a ella por propia voluntad, de acuerdo con lo que se dice en Extra, de Constitutionibus c. «Cum omnes»: El que establece una ley para otros debe él mismo someterse a ella. Lo dice también la autoridad del Sabio: Obedece la ley que tú mismo has establecido. Y en Mt 23, el Señor increpa a aquellos que dicen y no hacen, y que imponen a los demás pesadas cargas, pero ni con un dedo hacen nada para moverlas. Por eso, ante el juicio de Dios, el príncipe no está exento de la ley en cuanto al poder directivo de la misma, aunque ha de cumplirla voluntariamente y no por coacción. Además, el príncipe está por encima de la ley en el sentido de que puede cambiarla en caso de necesidad y puede dispensarla según las condiciones de lugar y tiempo.

 

 
     

SOBRE LA LEY

SOBRE LA LEY EN GENERAL

I-II, q. 90, La esencia de la ley

I-II, q. 91, Las distintas clases de leyes

I-II, q. 92, Los efectos de la ley

SULLE PARTI DELLA LEGGE

Ley eterna

I-II, q. 93, La ley eterna

Ley natural

I-II, q. 94, La ley natural

Ley humana

I-II, q. 95, La ley humana

I-II, q. 96, El poder de la ley humana

I-II, q. 97, Sobre la mutabilidad de las leyes

La antigua ley

I-II, q. 98, La antigua ley

I-II, q. 99, Los preceptos de la ley antigua

I-II, q. 100, Los preceptos morales de la ley antigua

I-II, q. 101, Los preceptos ceremoniales en sí mismos

I-II, q. 102, Razón de los preceptos ceremoniales

I-II, q. 103, Duración de los preceptos ceremoniales

I-II, q. 104, Los preceptos judiciales

I-II, q. 105, Naturaleza de los preceptos judiciales

La nueva ley

I-II, q. 106, Sobre la ley del Evangelio, llamada ley nueva, en sí misma considerada

I-II, q. 107, Comparación entre la ley antigua y la nueva

I-II, q. 108, El contenido de la ley nueva